AGIPASE

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2011(e)ko ekainaren 2(a), osteguna

TAS EL DIVORCIO CUSTODIA COMPARTIDA;-DEBATE EN EL DIARIO VASCO

Tras el divorcio, ¿custodia compartida?

Cuando la separación de una pareja es conflictiva, el interés que debe prevalecer, con acuerdo o sin él, es el de los hijos menores. Pero la discrepancia surge en el modo de asegurar ese interés

Con ama o con aita? ¿Qué ocurre con los hijos cuando una pareja se deshace? El año pasado se tramitaron en Euskadi 4.451 divorcios; de ellos unos 1.800 fueron conflictivos y tuvieron que acudir a la vía judicial. En estos casos, si hay hijos menores de edad, el juez tiene que asignar la guarda y custodia legal, bien a uno de los miembros de la pareja o bien a los dos, compartiendo el cuidado según un convenio previamente pactado. Sin embargo, en el 86% de los casos el juez concede la guarda y custodia a la madre; en el 6% al padre y en otro 6,8% admite la custodia compartida (en un 1% impone la institucionalización).
Mientras que en los últimos años se ha constatado un tímido crecimiento de las guardas concedidas al padre, la evolución ha sido decreciente en el caso de la custodia compartida, incluso a pesar de haber aumentado la demanda, según los datos de la Federación de Padres y Madres Separados de Euskadi, Kidetza, que el pasado 12 de abril presentó en el Parlamento Vasco una proposición de ley con el fin de que la Cámara vasca apruebe una normativa autonómica en la que, entre otros aspectos, contemple la custodia compartida con carácter preferente. En realidad se pretende una normativa específica como la que ya han tramitado Aragón, Valencia, Cataluña y Navarra. La presentación de esta proposición de ley supone la culminación de una campaña que ha contado con el respaldo de las Juntas Generales de Gipuzkoa, Vizcaya y Álava; de partidos con representación institucional, como PNV, PP, Aralar, EA y UPyD, de ayuntamientos y del propio Ararteko. Frente a la propuesta se sitúan PSE y EB-IU, asociaciones de juristas y entidades feministas que, aun reconociendo que la custodia compartida constituye la fórmula más adecuada para los casos de separación, consideran que está ya contemplada por la ley, que no puede ser impuesta y que la obligatoriedad no protege el interés del menor.
Detrás de una separación conflictiva y con hijos de por medio, entra en juego un universo de factores e intereses que dificultan la decisión judicial en torno a la guarda y custodia de los menores. El debate está en la sociedad y para una mayor aproximación a lo que es y lo que representa la custodia y guarda compartida tras la separación, cuatro expertos contrastan en las siguientes líneas sus puntos de vista.
- ¿Cuando se habla de custodia compartida como modelo preferente, ¿de qué hablamos concretamente?... Porque la ley de divorcio de 2005 ya estableció esta posibilidad.
- Javier Hualde. Compartida quiere decir que la custodia esté distribuida entre ambos progenitores de forma igualitaria o de forma tal que puedan igualitariamente ejercer sus derechos y cumplir sus funciones. Y considerando que el interés fundamental es el del menor. La custodia compartida está contemplada en el Código Civil. Pero no es la regulación legal la que impide que se conceda, sino las propias realidades que se plantean o incluso la cultura que existe al respecto. Y estamos ante una cuestión de denominación porque puede ocurrir que una custodia individual con un régimen amplísimo de estancias y visitas, nominalmente será una custodia individual, pero formalmente es custodia compartida.
- Justo Sáenz. La custodia compartida está contemplada en las separaciones de mutuo acuerdo, pero solo de forma excepcional en los divorcios contenciosos. Si una de las partes lo veta, no se concede. Y muchas veces ni siquiera se solicita para evitar males mayores. En el 86% de los casos se da la guarda legal a la mujer y sólo en el 6,8% se accede a la custodia compartida.
- Juana Aranguren. Estamos por la corresponsabilidad y ojalá la mayoría de los padres se ocuparan de forma compartida del cuidado de sus hijos. De hecho, los padres que sí han cuidado de sus hijos desde el nacimiento, que los hay, llegan a acuerdos más fácilmente. Es verdad que el 86% de las custodias son otorgadas a la madre: se debe a que en esta sociedad las madres siguen ocupándose mayoritariamente de las criaturas, como se demuestra por los permisos de maternidad y por las reducciones de jornada. Ojalá que eso cambie.
- Idoia Gutiérrez. Lo que nos importa a los psicólogos es que el tiempo en que estén los padres y las madres con los hijos sea de calidad, y que no se utilice el niño en el conflicto. Hay evidencias de que cuando existe una buena comunicación entre los padres, y el asunto no está judicializado, son capaces de desarrollar un proyecto consensuado. El problema, claro, es cuando se llega a la batalla del 50% y entonces se entra en la utilización del niño. Y cuando se mete al menor en el proceso judicial ya se le está inculcando una cierta culpabilidad. El niño, entonces, se siente preso de la dinámica familiar y utilizado.
- ¿Apoyan o rechazan que la custodia compartida tenga carácter preferente?
- J. Sáenz. La mayor parte de los países europeos han regulado la custodia compartida como modelo preferente. El único que intentó hacerlo y no tuvo éxito fue el Gobierno español, y fue por un error de votación. Con lo cual, quedó con carácter excepcional. En aquel momento se pretendieron dos objetivos: potenciar la igualdad hombre-mujer para que el menor se relacione con ambos progenitores y reducir la contenciosidad. Pero esa ley no ha cumplido ninguno de los objetivos. Por eso hay que modificarla. La contenciosidad ha aumentado del 34 al 41% -del 22 al 33% en Gipuzkoa-. Respecto a la protección de los menores, la ley no ha contribuido a este fin, sino todo lo contrario. Se ven muchos casos con interferencias profundas, lo que algunos denominan 'síndrome de alienación parental'. Unos 20.000 niños lo padecen en el Estado español. La guarda y custodia preferente no tiene nada de imposición, como se está comentando por ahí, sino todo lo contrario: pretende que ninguno de los progenitores imponga sus intereses, cosa que en este momento está ocurriendo continuamente. Lo que planteamos es que el menor pueda relacionarse en igualdad de condiciones con ambos progenitores.
- J. Hualde. ¿Opción preferente? No. Si tiene que ser preferente, no. Ni la custodia compartida ni ninguna otra. En ninguna ley, excepto la de Aragón, se dice que la custodia tenga que ser preferente. Y no se dice porque la custodia como sistema preferente no es posible si los cónyuges no están de acuerdo. Respecto a la corresponsabilidad parental, habría que matizar. Una cosa es la igualdad de los cónyuges y otra es la igualdad que tiene su reflejo en las relaciones con los hijos. Además, en relación a las edades de los menores, no es lo mismo la custodia compartida para un niño de dos años que para uno de catorce o dieciséis. Y hay algo que está claro: no creo que haya ningún divorcio pacífico; el divorcio, por esencia, es un contencioso.
- J. Aranguren. La guarda y custodia con carácter preferente no procede, está suficientemente regulada en el actual Código Civil, con la posibilidad de que los cónyuges la acuerden por consenso o el juez, de forma excepcional. La tendencia actualmente es a que los regímenes de visitas sean lo más amplios posible, con o sin acuerdo. Y en muchos casos, contando los días, la diferencia a favor de la madre es mínima, con lo que la corresponsabilidad está prácticamente garantizada. En relación al 'síndrome de alienación parental', es decir, enemistar al hijo o hija con el otro progenitor, sabemos que es algo que no está aceptado ni por las organizaciones de psicólogos internacionales porque no se ha demostrado científicamente que exista.
- I. Gutiérrez. El interés superior, en cualquier caso, es el del menor. Ante todo, que se garantice su bienestar psicológico y físico. La propia Ley del Menor insta a todas las administraciones a que se procure no involucrarlo en los conflictos judiciales. Sin embargo, esta recomendación no se cumple. Y no veo que exista una diferencia muy sustancial, respecto al menor, entre lo que dice el Código Civil y la propuesta de ley. Si hay buena comunicación, la guarda y custodia compartida no tiene por qué ser preferente; ya viene dada en las propias relaciones de los padres. Cuando el conflicto se enquista y el proceso se judicializa ya se está introduciendo al menor en el contencioso. Yo creo que antes de dar este paso se debería utilizar el servicio de mediación familiar. Estoy segura de que se reduciría la contenciosidad. Ya tenemos ese servicio. Usémoslo.
- El Parlamento de Vitoria debate la posibilidad de una ley vasca de custodia compartida, además de haber solicitado al Gobierno central que cambie la ley de divorcio. ¿Qué debe, o no debe, contemplar esa norma?
- J. Hualde. La comunidad autónoma vasca no tiene competencias en derecho civil para legislar sobre la custodia compartida. En Valencia, por ejemplo, que ha legislado al respecto, lo tumbará probablemente el Tribunal Constitucional.
- J. Sáenz. Desde la perspectiva de derecho foral, yo tengo las dos versiones. Pero nosotros intentamos resolver un problema como lo han hecho otras comunidades autónomas. Apelamos a la capacidad de la comunidad autónoma frente a la pasividad del Estado...
- J. Hualde. No en Derecho Civil. Los grupos políticos dicen que están dispuestos a llevarlo a cabo, etc. etc., pero de hecho, ¿acaso han creado una comisión para redactar una ley sobre este tema? No. ¿Por qué? Porque saben que no hay competencia. Y el Constitucional tumbará la ley valenciana.
- J. Sáenz. Nosotros dimos un primer paso para que el Gobierno del Estado intentara modificar la ley; vinos que no tenía ninguna intención y entonces planteamos una ley autónomica. Una ley muy simple, que fuera integral, que diera salida a toda la problemática general, desde los problemas de vivienda a los de conciliación laboral y familiar, y que también contemplara recursos para reducir la contenciosidad. De alguna manera, queremos trasladar aquí el sistema francés: una mediación intrajudicial que supone que una persona esté dentro del juzgado e informe de lo que es la separación y el divorcio y las consecuencias de una fórmula de mutuo acuerdo; que informe de los servicios que existen y que la pareja decida, bien ir a mediación o bien, con el contencioso, al juez de nuevo.
- I. Gutiérrez. Pero si cada miembro de la pareja ya tiene un abogado, ¿es que éste no es capaz de informarles?
- J. Sáenz. Hay muchos intereses. La trabajadora social es una persona, desde mi punto de vista, mucho más neutral; se va a limitar a informar a las partes de la problemática, y del futuro de ellos y sus hijos si llegan a acuerdos.
- J. Hualde. Sí, pero ¿cuánta gente que se separa renuncia a tener abogado? Yo creo que todo el mundo quiere tener un abogado. ¿Y cuánta gente renuncia a que el abogado le saque a la otra parte todo lo que pueda?
- J. Aranguren. Hombre, que tampoco es eso. Yo no tengo esa visión después de treinta años de ejercicio; no es que la gente vaya a tirarse a la yugular, ni que los abogados animemos a ello.
- J. Sáenz. Por la experiencia de seiscientos casos anuales que tenemos, la gente conoce poco la mediación. Pero si en el juzgado hubiera una persona más cercana que en ese primer momento del contencioso lograra parar el proceso haciendo ver las consecuencias, es posible que más parejas optarían por la mediación.
- J. Aranguren. Yo también considero que no hay competencias y que no procede una ley vasca de custodia compartida. Detrás de este proyecto hay dos cuestiones que conviene tener en cuenta: el tema de la vivienda y el de la pensión compensatoria. Cuando se habla de que la guarda y custodia tiene que ser compartida o que se tiene que establecer como régimen preferente, se está hablando de que no se asigne el uso de la vivienda a aquel grupo familiar más necesitado de protección, que es el de los progenitores que se quedan con los hijos menores. El proyecto también propone limitar el tiempo de la pensión compensatoria. El Código establece que sea temporal, pero en este proyecto de ley se quiere limitar aún más. La mujer se quedaría sin vivienda, sin pensión y, si ha estado veinte años dedicada a la familia, tendría que empezar de cero.
- J. Sáenz. Pero el proyecto dice que si una de las partes se encuentra en unas circunstancias económicas muy concretas, el juez puede decidir que la pensión sea indefinida. Y el tema de la vivienda puede llegar a convertirse en un bombón envenenado. Vemos mujeres que a los 53 años, cuando tienen que liquidar los gananciales, nadie les da un crédito; deben dar la mitad a la otra parte y, como tampoco pueden acceder a otra vivienda, tienen que ir a un piso de alquiler. Y al cabo de cuatro años han consumido lo conseguido. Por eso, nosotros pedimos, si puede ser, liquidación cuanto antes.
- J. Hualde. El tema de la vivienda es fundamental. No hay ningún juez que se quede tranquilo concediendo la guarda compartida con el síndrome de niño-maleta, desarraigando al menor de su colegio, de sus amigos, siete días en Tolosa, siete días en Irun. No hay juez que considere que eso es bueno. Y es una realidad que inclina la balanza hacia un lado, y no digo que siempre hacia el de la madre. Y respecto al sistema francés, en realidad es el que está implantado en España. El problema principal es que no hay medios. Por mucho que diga la ley, el hecho de que exista un servicio en San Sebastián y otro en Irun no es suficiente. Hace falta lo que hay en Francia, es decir, medios: juzgados y jueces de familia y mediadores en el juzgado. En definitiva, dinero.
- J. Aranguren. Yo también soy mediadora familiar y sin duda estoy a favor de la mediación. Pero no se puede obligar a la gente a que entre por esta vía. No es útil.
- I. Gutiérrez. Cuando se va a cambiar una ley se debe hacer un diagnóstico de situación y necesidades. Y conocer qué ocurre con los niños, si están afectados o no psicológicamente. Yo apuesto claramente por la mediación.

2011(e)ko ekainaren 1(a), asteazkena

PROPUESTAS DE LA PLAZA DEL SOL.MOVIMIENTO 15M

1. ELIMINACIÓN DE LOS PRIVILEGIOS DE LA CLASE POLÍTICA:

- Control estricto del absentismo de los cargos electos en sus respectivos puestos. Sanciones específicas por dejación de funciones.

- Supresión de los privilegios en el pago de impuestos, los años de cotización y el monto de las pensiones. Equiparación del salario de los representantes electos al salario medio español más las dietas necesarias indispensables para el ejercicio de sus funciones.

- Eliminación de la inmunidad asociada al cargo. Imprescriptibilidad de los delitos de corrupción.

- Publicación obligatoria del patrimonio de todos los cargos públicos.

- Reducción de los cargos de libre designación.


2. CONTRA EL DESEMPLEO:


- Reparto del trabajo fomentando las reducciones de jornada y la conciliación laboral hasta acabar con el desempleo estructural (es decir, hasta que el desempleo descienda por debajo del 5%).

- Jubilación a los 65 y ningún aumento de la edad de jubilación hasta acabar con el desempleo juvenil.

- Bonificaciones para aquellas empresas con menos de un 10% de contratación temporal.

- Seguridad en el empleo: imposibilidad de despidos colectivos o por causas objetivas en las grandes empresas mientras haya beneficios, fiscalización a las grandes empresas para asegurar que no cubren con trabajadores temporales empleos que podrían ser fijos.

o Restablecimiento del subsidio de 426€ para todos los parados de larga duración.


3. DERECHO A LA VIVIENDA:

o Expropiación por el Estado de las viviendas construidas en stock que no se han vendido para colocarlas en el mercado en régimen de alquiler protegido.

o Ayudas al alquiler para jóvenes y todas aquellas personas de bajos recursos.

o Que se permita la dación en pago de las viviendas para cancelar las hipotecas.


4. SERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDAD:

o Supresión de gastos inútiles en las Administraciones Públicas y establecimiento de un control independiente de presupuestos y gastos.

o Contratación de personal sanitario hasta acabar con las listas de espera.

o Contratación de profesorado para garantizar la ratio de alumnos por aula, los grupos de desdoble y los grupos de apoyo.

o Reducción del coste de matrícula en toda la educación universitaria, equiparando el precio de los posgrados al de los grados.

o Financiación pública de la investigación para garantizar su independencia.

o Transporte público barato, de calidad y ecológicamente sostenible: restablecimiento de los trenes que se están sustituyendo por el AVE con los precios originarios, abaratamiento de los abonos de transporte, restricción del tráfico rodado privado en el centro de las ciudades, construcción de carriles bici.

o Recursos sociales locales: aplicación efectiva de la Ley de Dependencia, redes de cuidadores locales municipales, servicios locales de mediación y tutelaje.


5. CONTROL DE LAS ENTIDADES BANCARIAS:

o Prohibición de cualquier tipo de rescate o inyección de capital a entidades bancarias: aquellas entidades en dificultades deben quebrar o ser nacionalizadas para constituir una banca pública bajo control social.

o Elevación de los impuestos a la banca de manera directamente proporcional al gasto social ocasionado por la crisis generada por su mala gestión.

o Devolución a las arcas públicas por parte de los bancos de todo capital público aportado.

o Prohibición de inversión de bancos españoles en paraísos fiscales.

o Regulación de sanciones a los movimientos especulativos y a la mala praxis bancaria.

6. FISCALIDAD:

o Aumento del tipo impositivo a las grandes fortunas y entidades bancarias.

o Eliminación de las SICAV.

o Recuperación del Impuesto sobre el Patrimonio.

o Control real y efectivo del fraude fiscal y de la fuga de capitales a paraísos fiscales.

o Promoción a nivel internacional de la adopción de una tasa a las transacciones internacionales (tasa Tobin).


7. LIBERTADES CIUDADANAS Y DEMOCRACIA PARTICIPATIVA:

o No al control de Internet. Abolición de la Ley Sinde.

o Protección de la libertad de información y del periodismo de investigación.

o Referéndums obligatorios y vinculantes para las cuestiones de gran calado que modifican las condiciones de vida de los ciudadanos.

o Referéndums obligatorios para toda introducción de medidas dictadas desde la Unión Europea.

o Modificación de la Ley Electoral para garantizar un sistema auténticamente representativo y proporcional que no discrimine a ninguna fuerza política ni voluntad social, donde el voto en blanco y el voto nulo también tengan su representación en el legislativo.

o Independencia del Poder Judicial: reforma de la figura del Ministerio Fiscal para garantizar su independencia, no al nombramiento de miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo General del Poder Judicial por parte del Poder Ejecutivo.

o Establecimiento de mecanismos efectivos que garanticen la democracia interna en los partidos políticos.


8. REDUCCIÓN DEL GASTO MILITAR

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ELIMINAR EL SENADO.

NORUEGA, SUECIA, DINAMARCA, NO TIENEN SENADO, ALEMANIA SOLO 100 SENADORES y EE.UU. UN SENADOR POR CADA ESTADO.

LOS GRANDES TEÓRICOS DEL DERECHO INTERNACIONAL Y CONSTITUCIONAL OPINAN QUE ES UNA CÁMARA INNECESARIA, PRESCINDIBLE Y QUE ESTÁ EN EXTINCIÓN, ¿ENTONCES POR QUÉ TENEMOS QUE MANTENER A 260 SENADORES?

DE ESTA FORMA AHORRAREMOS 3.500 MILLONES DE EUROS CADA AÑO.

ELIMINAR LA PENSIÓN VITALICIA DE TODOS LOS DIPUTADOS, SENADORES Y DEMÁS "PADRES DE LA PATRIA".


ELIMINAR A TODOS los diplomáticos excepto un embajador y un cónsul en cada país. No es posible que gastemos en esto más que Alemania y el Reino Unido).

Con eso, y con rebajar un 30% las partidas 4, 6 y 7 de los PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO (transferencias a sindicatos, partidos políticos, fundaciones opacas y varios), se ahorrarían más de 45.000 millones de Euros y no haría falta tocar las pensiones ni los sueldos de los funcionarios, como tampoco haría falta recortar 6.000 millones de Euros en inversión pública.

CON LA MITAD DEL DINERO QUE EL ESTADO SE AHORRARÍA CON ESTAS MEDIDAS, SE ACABARÍA LA CRISIS EN ESPAÑA

Por el cambio de la ley electoral, y por una democracia participativa de verdad, donde nuestra opinión, la de los ciudadanos, sea lo que gobierne, no una papeleta cada cuatro años y que hagan con ella lo que quieran sin dar cuentas ni explicaciones.

Por el cambio de la ley electoral, y por una democracia participativa de verdad ¡Espabilemos de una vez! ¡No sigamos dormidos y aletargados!

2011(e)ko maiatzaren 26(a), osteguna

LA REVOLUCION ES COSA DE TODOS/AS

MADRID, 20 (EUROPA PRESS)

Las miles de personas congregadas esta medianoche en la Puerta del Sol han respondido con gritos mayoritarios de "fuera, fuera" cuando unas manifestantes han colocado una gran pancarta con el lema "la revolución será feminista" en un edifico de la céntrica plaza madrileña.

Minutos antes de las doce de la noche, varias personas han colgado varios plásticos de grandes dimensiones que abarcaban la altura de toda la fachada del inmueble ubicado entre las calles del Carmen y Preciados en los que, con colores rosas y morados, se podía leer el lema 'La revolución será feminista', mensaje acompañado del símbolo de este colectivo.

En el momento en el que estaba siendo desplegada esta pancarta, un sector de los congregados en la Plaza del Sol comenzaron a proferir gritos de "la revolución es de todos, la revolución no tiene sexos; fuera, fuera y que la quiten".

A continuación, uno de los jóvenes que sigue la protesta encaramados en la estructura del andamio colocado en dicho edificio ha arrancado la palabra feminista de la pancarta, lo que ha generado los aplausos de ese sector crítico.

Minutos después, las autoras de la pancarta mantuvieron un breve enfrentamiento con el joven que arrancó la pancarta que no pasó a mayores tras la intervención de otro grupo de manifestantes. Ante esta situación, se pudieron escuchar entre los manifestantes gritos de "no a la violencia".

JORNADAS DE CORRESPONSABILIDAD PARENTAL EN BILBAO EL 17 Y 18 DE JUNIO


FEDERACION DE EUSKADI DE MADRES Y PADRES SEPARAD@S
EUSKADIKO GURASO BANANDUEN FEDERAKUKIDETZA


I JORNADAS DE CORRESPONSABILIDAD PARENTAL EN SITUACIONES DE DIVORCIO

DIBORTZIO EGOERETAN GURASOEN ERANTZUNKIDETASUNARI BURUZKO JARDUNALDIAK


ANTOLAKETA/ORGANIZACION

  • ABIPASE-Asociación Bizkaina de Madres y Padres Divorciadas/os

  • KIDETZA-Federación de Euskadi de Madres y Padres Divorciadas/os


LAGUNTZAILEAK:COLABORAN:

  • AYUNTAMIENTO DE BILBAO
  • BBK
  • KUTXA


LUGAR/EGOITZA

  • Edificio de la Bolsa.Bilbao.C/Pelota nº 10


FECHAS/DATAK:

  • Ekainaren 17an eta 18an/17 y 18 de Junio

MATRIKULAK/INSCRIPCIONES:

GIPUZKOA..943-292496
BIZKAIA…..94 656 9240
ARABA…….945259831























PROGRAMA PROVISIONAL –BEHINBEHINEKO EGITARAUA

Ekainaren 17an.Ostirala.Viernes 17 de Junio

 16-16,30-Entrega documentación e Inauguracion

  • Teo Miquelez.Presidente de ABIPASE.Miembro de la Junta Directiva de KIDETZA

  • Sr.D.Iñaki Azkuna.Alcalde de Bilbao


  • Sra.Dña Loli García.Directora de Familia del Gobierno Vasco


  • Sr.Iñigo Lamarka.Ararteko del País Vasco


16,30-17,15,IGUALDAD Y CORRESPONSABILIDAD PARENTAL

MODERA:          Arantza Conejero Ortega.S.Igualdad de KIDETZA

PONENTE:         María Sanahuja.Jueza de Barcelona

17,15-18,15.EL INTERES DEL MENOR Y LA CUSTODIA COMPARTIDA.

  • La manipulación de los/las menores en los procesos de divorcio.Pautas de prevención y/o intervención


MODERA:         Marta Blanco Palacios.Abogada.S.Prensa de KIDETZA


PONENTE:       Jose Manuel Aguilar Cuenca.Psicólogo Forense.Córdoba

  • El Interés del/la Menor y la Custodia Compartida como modelo preferente desde la perspectiva psicologica.

MODERA:         Marta Blanco Palacios.Abogada.S.Prensa de KIDETZA

PONENTE:       Francisca Fariñas.Catedrática de Psicología de la Universidad de Vigo.Presidenta de ASEMIP.






18,15-20,15-LA CUSTODIA COMPARTIDA EN ESPAÑA.UN PROYECTO EN MARCHA

MODERA:D.Antonio Diaz Piñeiro.Pte de la Asociación Galega de madres y Padres divorciadas/os.

  • Manuel Altava.Senador.Promotor de la Moción del Senado instando a modificar la ley del Divorcio contemplando la Custodia Compartida como modelo Preferente.
  • Carolina Salvador.Directora General de Desarrollo Estatutario del Gobierno de Valencia
  • Helena Martinez Hens.Catedrática de Derecho Civil de la  Universidad de Vigo.
  • Nekane Pérez Irazabal.Grupo Parlamentario Nafarroa Bai,ponente en la tramitación del proyecto de ley de custodia compartida en Navarra.

  • Domingo Bello Janeiro.Catedrático de Derecho Civil.Universidad del Coruña

Ekainaren 18an-Larunbata.Sábado Día 18:

10-12.TALLER.

LA CORRESPONSABILIDAD PARENTAL EN EL DIVORCIO.
MODELOS Y RECURSOS.

MODERA:                        Pedro Cruz.Vicepresidente de KIDETZA

COORDINA:                   Yoana Gumbao.Trabajadora Social.Mediadora Familiar

  • 4 padres/madres con 4 modelos diferentes de custodia compartida.

  • Julia Rodriguez.Psicóloga.Responsable del Servicio de Orientación a la

            Cooparentalidad


  • Mediadora Familiar


  • Francisco Serrano Castro.Juez de Familia de Sevilla



12-14.HACIA UNA LEY VASCA DE CORRESPONSABILIDAD PARENTAL.


MODERA:  Jon Usabiaga.Secretario Relaciones Institucionales de KIDETZA

  • Representante de la Academia Vasca del Derecho

  • Marta Otero Crespo.Profesora de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de Santiago de Compostela.


  • Justo Sáenz Presidente de KIDETZA

  • Representantes Grupos Parlamentarios del Parlamento Vasco

14,15.Clausura:

  • Representante de KIDETZA


KIDETZA DEFIENDE EN EL PARLAMENTO VASCO SU PROPUESTA DE LEY VASCA DE CORRESPONSABILIDAD PARENTAL

Exigen la creación de una Ley vasca de Custodia Compartida

La federación de padres y madres separados de Euskadi solicita la nueva norma en el Parlamento

Donostia. La Federación de Padres y Madres separados de Euskadi, Kidetza, acudió ayer al Parlamento Vasco para exigir la creación de una Ley vasca de Custodia Compartida, además de enumerar una serie de reivindicaciones que, a su juicio, deberían concretarse en la nueva norma.
Durante su visita, Kidetza solicitó una ley de desarrollo de las competencias del Estatuto de Autonomía de Euskadi, que se pueda incluir en el Código Civil vasco y que equipare a Euskadi con el resto de comunidades autónomas con derechos forales, profundizando en la igualdad entre hombres y mujeres.
Además, apostó por que sea una ley que asegure el derecho del menor a relacionarse con ambos progenitores, abuelos incluidos, y que garantice el deber de los padres a cuidar y educar a sus hijos.
Kidetza abogó por proteger al menor para no ser utilizado como moneda de cambio en los procesos de divorcio, a la vez que exigió que la ley contemple los mecanismos de defensa de los intereses del menor en situaciones de violencia de género e intrafamiliar.
Asimismo, demandó que la nueva norma tenga como objetivo básico reducir la contenciosidad, y para ello, apuntó a la Mediación Familiar y la Orientación a la Cooparentalidad como instrumentos básicos.
De esta forma, planteó una ley que introduzca la figura de la mediación intrajudicial obligatoria, coordinada con los servicios de mediación familiar existentes, previendo su ampliación, así como la de los equipos psicosociales.
La Federación vasca de Padres y Madres de Euskadi apostó por una ley que no asocie, como norma, custodia con uso del domicilio conyugal, sino que favorezca el acuerdo o la liquidación de gananciales, y que proporcione apoyo integral a las familias con hijos en situación de divorcio, recogiendo actuaciones transversales desde el área de vivienda, fiscalidad etc.
En esta línea, Kidetza pidió que la nueva ley que contemple las desigualdades económicas de las partes, previendo que pague más quien más tiene, así como las compensaciones económicas que estas desigualdades pudieran requerir, además de contemplar la posibilidad de acogerse a la misma a las parejas que ya estuvieran separadas o divorciadas.
Finalmente, la Federación de Padres y Madres separados solicitaron la equiparación con los países de la Unión Europea, y, más concretamente, que la norma equipare legalmente a los vascos residentes en Euskadi con los que residen en Iparralde.

2011(e)ko maiatzaren 2(a), astelehena

LLEGA A LA CAMARA VASCA LA LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA POR INICIATIVA POPULAR

22-04-2011 / 18:20 h
Vitoria, 22 abr (EFE).- La Federación de Euskadi de Madres y Padres Separados, Kidetza, ha registrado en el Parlamento Vasco una iniciativa legislativa popular a favor de la custodia compartida de los hijos en casos de separación o divorcio.
La proposición no de ley, denominada "de corresponsabilidad parental y relaciones familiares en casos de ruptura de la convivencia de los padres con hijos a su cargo o parejas sin hijos", fue calificada el pasado martes por la Mesa de la Cámara y precisa de las firmas de 30.000 ciudadanos para poder ser tramitada.
El texto se remite al Estatuto de Autonomía para señalar que las competencias en materia de asistencia social corresponden a la Comunidad Autónoma Vasca y señala que su objetivo es "promover la igualdad y defender el interés supremo del menor".
Esta iniciativa tiene por objeto regular las relaciones familiares en los casos de ruptura de la convivencia de los padres con hijos a cargo, incluidos los casos de separación, nulidad y divorcio, "mediante una participación responsable, compartida e igual de ambos en su crianza y educación en el ejercicio de su patria potestad".
Se fundamenta en el principio de corresponsabilidad parental y en el "derecho del menor a crecer y vivir con ambos progenitores tras la ruptura de la pareja en un sistema de convivencia de custodia compartida lo más igualitaria posible, siempre que cualquiera de ellos lo solicite y no sea contrario al interés del menor".
Así, recoge que cada uno de los progenitores por separado o ambos de mutuo acuerdo podrán solicitar al juez tanto la custodia compartida como que ésta sea ejercida sólo por uno de ellos. La oposición de uno de ellos a la custodia compartida no será obstáculo ni motivo suficiente, según el texto, para no otorgarla.
De este modo, plantea que el juez adoptará "de forma preferente" la custodia compartida en interés de los hijos menores, salvo que la custodia individual "sea más conveniente".
Para ello, el texto prevé que para tomar una decisión, los magistrados deberán tener en cuenta, entre otros, factores como la edad de los hijos y su arraigo social y familiar, así como su opinión si son mayores de doce años.
Además, los jueces tendrán que analizar una nueva figura prevista en esta iniciativa: el Plan de Cooparentalidad. Éste deberá ser presentado por los dos miembros de la pareja conjuntamente o por separado junto a la demanda de separación o divorcio ante el juzgado y en él deben contenerse de forma concreta las condiciones de ruptura y el sistema de convivencia con sus hijos.
En caso de que los padres no se pongan de acuerdo en su contenido, el juez deberá dictar las medidas necesarias con el fin de garantizar el mantenimiento de los vínculos de los hijos con cada uno de sus padres.
Junto con este plan, la propuesta establece que la pareja también debe suscribir un "contrato de previsión de ruptura de la convivencia", en el que se deben contemplar las condiciones de una hipotética ruptura, con el fin de disminuir los posibles conflictos ante una separación real de la pareja.
La proposición también regula, entre otras materias, el uso de la vivienda en la que resida el menor o los gastos derivados de la atención a los niños.
La Federación de Euskadi de Madres y Padres Separados, Kidetza, impulsora de esta iniciativa, ha pedido en reiteradas ocasiones a los grupos parlamentarios vascos que promuevan una ley de estas características, dado que Euskadi es ya la única comunidad autónoma con derecho foral propio que aún no ha regulado nada al respecto.
La última en hacerlo ha sido Valencia, que se ha sumado a otras comunidades autónomas con derecho foral que ya han legislado o están legislando sobre custodia compartida, como son Cataluña, Aragón, Baleares, Navarra y Galicia.
El pasado mes de febrero esta cuestión fue objeto de debate en el Parlamento Vasco, donde se aprobó una resolución a favor de que la custodia compartida de los hijos sea la opción "preferente" en caso de divorcio de los padres.
Todos los grupos de la Cámara apoyaron este texto, excepto PSE-EE y Ezker Batua (EB), que votaron en contra y defendieron una enmienda conjunta en la que pedían que se atienda "al principio de interés superior de los menores". EFE
 

LA HIPOTECA SE PAGARA AL 50%

La hipoteca se pagará a partes iguales entre los dos cónyuges

La reciente sentencia del Tribunal Supremo puede provocar que los jueces compensen a la parte más débil con las pensiones alimenticias más altas 

 

Los cónyuges deberán pagar al 50% la hipoteca en caso de contencioso por divorcio. Así lo declara una sentencia del Tribunal Supremo, conocida esta semana. El texto, que fija doctrina, establece que el pago de las cuotas de la hipoteca contratada por ambos cónyuges para adquirir la vivienda familiar constituye una deuda de la sociedad de gananciales y no una carga del matrimonio, por lo que, en caso de divorcio, deberán ser abonadas a partes iguales por los dos excónyuges.
En la práctica, la sentencia del Alto Tribunal reafirma la práctica que, con matices, en los últimos años vienen realizando los juzgados de familia en Euskadi. No obstante, puede conllevar cambios.
En opinión de Raúl Carbonero, abogado de familia de San Sebastián, en contenciosos de sociedades gananciales, «a partir de ahora ya nadie va a pagar más por la hipoteca y, en el caso de que un cónyuge se vea obligado a hacerlo, porque la otra parte no tiene recursos, sabe que ese dinero se va a recuperar en el momento de la liquidación de la casa (que se venda y se reparta el dinero o que uno de los cónyuges se la quede), cosa que no siempre ocurría hasta ahora».
Eso sí, el abogado considera que la sentencia «abre una puerta que puede traer problemas». En el caso de que una de las partes tenga menos recursos, el abogado sostiene que «el juez puede establecer que se le compense subiendo la pensión alimenticia al progenitor que se ocupa de pagarla».
Asimismo, otra consecuencia que se puede derivar de esta sentencia, según Carbonero, es que los cónyuges se decanten desde el inicio por liquidar la vivienda. «Si el juez obliga a los dos a pagar a partes iguales, quizás en muchos casos a la persona que se queda con el uso de la vivienda y la custodia ya no le va a interesar porque no lo va a poder pagar. Entonces, quizás piensen que la mejor fórmula es la liquidación de la vivienda desde el principio». Para el abogado, ésta sería la mejor solución. «Actualmente, con la excusa del beneficio del menor, no se liquida la vivienda. Pero yo tengo claro que si los padres están bien, los niños también estarán bien. Y si lo padres están mal, los hijos lo van a pasar mal», asegura.
Para Mercedes Alday, abogada matrimonialista donostiarra, la principal novedad de la sentencia es que el pago de la hipoteca en los contenciosos de sociedades gananciales «ya no se considerará carga familiar» con lo que dejará de abonarse «en proporción a las posibilidades económicas de cada uno de los cónyuges».
Alday espera que si se sienta este precedente, es «importante que se tenga en cuenta y se corrija a la hora de fijar las pensiones alimenticias, en el caso de que uno de los cónyuges tenga menos recursos. Es más lógico y más justo».
El «temor» de la abogada es que no se compense con las pensiones alimenticias «y que la persona más débil pueda sufrir un perjuicio y se vea obligada a liquidar la vivienda. Si tienes tres hijos a cargo, la opción de liquidar la vivienda no es la mejor», recuerda.
«Un paso hacia la igualdad»
Justo Sáenz, presidente de Agipase, valora positivamente la sentencia porque es «un paso más hacia la igualdad». En su opinión, evita que un progenitor no custodio que tiene que salir de la casa tenga que pagar el 80% de la hipoteca y la pensión. «Si ya lo pasan mal cuando tiene que hacer frente al 50%, pagando el 80% lo tienen mucho peor. ¿Dónde va a convivir con su hijo cuando le toque? ¿En un camping? ¿En un coche? ¿En casa de los abuelos?», se pregunta.
Además, considera que la sentencia es buena para la mujer, la parte más débil económicamente. «Nosotros siempre hemos recomendado pagar la hipoteca al 50%, en beneficio de los dos cónyuges. Si la mujer paga al 20% o no paga, cuando los hijos se vayan de casa y llegue el momento de liquidación, recibirá sólo el 20% del valor del piso. Con ese dinero lo va a tener muy crudo para pagar a la otra parte o para comprar otra vivienda», añade Sáenz.