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NORMAS PARA UN TRATAMIENTO IGUALITARIO A AMBOS PADRES EN LOS CENTROS EDUCATIVOS

                 


Educación garantiza a padres separados el seguimiento escolar de sus hijos  

Ha enviado normas a los centros para que el progenitor que no ejerce la custodia reciba información y participe en las decisiones 

El Departamento de Educación del Gobierno Vasco ha regulado por primera vez la forma en la que deben actuar los centros de enseñanza en el caso de padres separados o divorciados. Estas instrucciones, que han recibido esta semana escuelas e institutos, van dirigidas a facilitar que los dos miembros de la pareja -no solo el que tiene la custodia- participen en la elección del colegio para sus hijos, por ejemplo; o que sean informados por igual del proceso de aprendizaje de los menores, como de sus notas o cualquier otro dato relacionado con su vida escolar. De esa forma, se quiere garantizar el derecho de ambos progenitores a participar en la educación de sus hijos.
Esta normativa trata de resolver una serie de situaciones, dudas e incluso conflictos que se plantean en la escuela cuando los padres del alumno están separados. En la actualidad, el miembro de la pareja que tiene la custodia del niño es el que recibe las cartas sobre su actividad escolar, sus evaluaciones, las convocatorias para reuniones y el que se entrevista con los profesores. En muchas ocasiones, el otro acaba por quedarse fuera de la vida escolar de sus hijos.
El documento recién publicado destaca el derecho que tienen ambos a elegir el colegio para sus niños. «Se encuadra dentro del ejercicio de la patria potestad, que se realiza de forma conjunta por los dos o por uno solo con el consentimiento expreso o tácito del otro», detalla la nueva normativa. Con ese fin, Educación incluirá en el impreso de la matrícula un apartado en el que se refleje que los padres están separados con el fin de que la dirección del centro pueda comunicar al otro progenitor la solicitud que ha realizado su ex pareja y pedir su visto bueno.
Además, los padres aportarán la sentencia de divorcio o las medidas provisionales dictadas por el juez, junto con el impreso de matrícula para que las direcciones de los colegios puedan comprobar cómo se ha fijado el ejercicio de la patria potestad en materia educativa. Si el juez no ha dispuesto nada, el centro tendrá la obligación de remitir la copia de la solicitud de matrícula al otro progenitor. Esa información se enviará mediante correo certificado. Si en diez días no se opone a la elección, se admitirá la petición.
La nueva normativa fija también el derecho de los dos miembros de la pareja a ser informados sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos y de colaborar en él. Destaca, además, que a los padres, por estar separados y no tener la custodia, «no se les exime de sus obligaciones ni de sus responsabilidad en la educación de sus hijos».
Información para los dos
A partir de ahora, los progenitores divorciados o separados que no tengan la guardia y custodia recibirán las informaciones sobre el proceso de evaluación de sus hijos y toda clase de convocatorias realizadas por el colegio. Para ello deberán remitir un escrito a los responsables de escuelas e institutos en el que detallarán la dirección a la que deberán enviarle las cartas. Los padres recibirán los mismos documentos y circulares y tendrán igual derecho a mantener entrevistas con los tutores y profesores del alumno para hablar sobre su evolución.
Numerosos colegios concertados del País Vasco ya habían adoptado medidas similares con las parejas separadas al haberse topado con conflictos y peticiones de los padres. Con estas instrucciones, el Departamento de Educación establece unos criterios comunes para aplicar en escuelas e institutos públicos y que puede servir para unificar criterios en toda la red de enseñanza vasca.
          

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