AGIPASE

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2013(e)ko urtarrilaren 31(a), osteguna

IGUALDAD Y JUSTICIA EN LOS DIVORCIOS

CARTA DENUNCIA


IGUALDAD Y JUSTICIA TAMBIEN EN LOS DIVORCIOS
Quisiera hacer pública la discriminación e injusticia que se viene cometiendo en los casos de separaciones con la persona que se ve obligada a abandonar la vivienda conyugal, normalmente el hombre. 

           En el momento deL divorcio, uno de los cónyuges se ve obligado a abandonar la vivienda conyugal y abocado a buscarse la vida como buenamente pueda teniéndose que empadronar en otro domicilio puesto que ya no puede convivir en la vivienda matrimonial. El asunto no termina aquí, pero parece que el problema sí que comienza aquí. 

En una sentencia Judicial el Juez establece el uso de la vivienda a uno de los cónyuges (cónyuge custodio) mientras los hijos del matrimonio  no sean económicamente independientes. Por lo tanto no es posible la venta.

La ley dice que para que una vivienda sea considerada habitual es preciso que se haya estado empadronado en ella en los últimos 3 años.  Transcurrido ese periodo pasa a ser considerada como 2 vivienda y por tanto a partir de ese momento Hacienda considera que si se realiza la venta de la vivienda no se tiene derecho a reinversión en vivienda y consideran el montante económico percibido, como ganancia patrimonial, produciendo un gran perjuicio económico a la persona que resulta más desfavorecida en el proceso de separación. No ocurre lo propio con el cónyuge custodio que si tiene posibilidad de reinvertir en vivienda. 

Considero que este hecho es una injusticia, una discriminación y un vacío legal que perjudica al cónyuge más desfavorecido en una separación. Por ello quisiera solicitar desde aquí tanto a la Diputación de Gipuzkoa  como al conjunto de la política en general que se aborde este asunto y que en los casos de separación el computo de los 3 años para la inversión en vivienda sea considerado a partir de la liquidación de la vivienda conyugal y no desde el momento que por imperativo legal el cónyuge no custodio se ve obligado a abandonar la vivienda y que además no puede venderla si el cónyuge custodio no lo quiere.

Joxe Angel Torres Balda             

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